Presentar una factura electrónica nunca fue más sencilla. Una vez generada su factura electrónica,será tan sencillo como acceder al registro de factura electrónica, seleccionar su factura y darle a siguiente.
En el proceso se mostrará información de la factura que esta presentando. Tendrá la oportunidad de aportar documentación adicional, para finalmente terminar registrando su solicitud.
IMPORTANTE Para presentar una factura electrónica por registro de facturae, no es necesario disponer de un certificado digital. Si es necesario un certificado digital para generar un facturaepuesto que es necesario que vaya firmada, pero una vez generada, para presentarla, no es necesario el certificado.
Presente su factura electónica en Ayuntamiento de Colmenar Viejo.Recuerde que para presentar facturas no es necesario acceder a la Sede.
Consulte sus facturas presentadas, con toda la información y el estado de las mismas.
Una factura electrónica es una factura que se expide y recibe en formato electrónico.El Ayuntamiento de Colmenar Viejo no va a utilizar FACE como su registro de factura electrónica, ya que cuenta con un registro de factura electrónica propio en la Sede Electrónica Municipal.
A partir del 15 de enero de 2015 todos los proveedores que hayan entregado bienes o prestado servicios al Ayuntamiento de Colmenar Viejo podrán expedir y remitir factura electrónica. En todo caso, estarán obligadas al uso de la factura electrónica y a su presentación de forma telemática en el punto general de entrada de registro de factura electrónica, que dispone este Ayuntamiento en la Sede electrónica Municipal, las entidades que se establecen en el artículo 4 de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público. No obstante, quedan excluidas de esta obligación de facturación electrónica, las facturas cuyo importe sea de hasta 5.000 euros, durante el plazo necesario para que puedan satisfacerse los requisitos de presentación a través del Punto de acceso de facturas electrónicas
Nota importante: En caso de que la factura no incluya IVA por estar el provedor incluso en algún tipo de exención será necesario indicar esta circunstancia en el campo comentario de la factura.
El objeto del presente trámite es informar a los proveedores de servicios de la nueva normativa de facturación electrónica y el método para utilizarla, informando además de los diferentes códigos de los que deberá disponer la nueva factura para su correcta tramitación.
Los códigos a introducir son 3. El Role 01 se corresponde con la oficina contable. El Role 02 se corresponde con el Organos Gestor. El Role 03 se corresponde con la Unidad tramitadora-
Organización | Oficina Contable (Role 01) | Órgano gestor (Role 02) | Unidad tramitadora (Role 03) | Descripción |
Ayuntamiento de Colmenar Viejo | L28045INT | L01280455 | LPROGR100 | Hacienda, Primera Tenencia Alcaldia |
Ayuntamiento de Colmenar Viejo | L28045INT | L01280455 | LPROGR132 | Policía |
Ayuntamiento de Colmenar Viejo | L28045INT | L01280455 | LPROGR135 | Protección civil |
Ayuntamiento de Colmenar Viejo | L28045INT | L01280455 | LPROGR151 | Urbanismo |
Ayuntamiento de Colmenar Viejo | L28045INT | L01280455 | LPROGR153 | Obras y servicios |
Ayuntamiento de Colmenar Viejo | L28045INT | L01280455 | LPROGR172 | Medio ambiente |
Ayuntamiento de Colmenar Viejo | L28045INT | L01280455 | LPROGR231 | Servicios sociales |
Ayuntamiento de Colmenar Viejo | L28045INT | L01280455 | LPROGR241 | Desarrollo local |
Ayuntamiento de Colmenar Viejo | L28045INT | L01280455 | LPROGR311 | Sanidad |
Ayuntamiento de Colmenar Viejo | L28045INT | L01280455 | LPROGR320 | Educación |
Ayuntamiento de Colmenar Viejo | L28045INT | L01280455 | LPROGR330 | Cultura |
Ayuntamiento de Colmenar Viejo | L28045INT | L01280455 | LPROGR332 | Centros Culturales |
Ayuntamiento de Colmenar Viejo | L28045INT | L01280455 | LPROGR337 | Juventud |
Ayuntamiento de Colmenar Viejo | L28045INT | L01280455 | LPROGR338 | Festejos |
Ayuntamiento de Colmenar Viejo | L28045INT | L01280455 | LPROGR341 | Deportes |
Ayuntamiento de Colmenar Viejo | L28045INT | L01280455 | LPROGR432 | Turismo |
Ayuntamiento de Colmenar Viejo | L28045INT | L01280455 | LPROGR493 | Consumo |
Ayuntamiento de Colmenar Viejo | L28045INT | L01280455 | LPROGR912 | Alcaldía |
Ayuntamiento de Colmenar Viejo | L28045INT | L01280455 | LPROGR920 | Secretaría General |
Ayuntamiento de Colmenar Viejo | L28045INT | L01280455 | LPROGR929 | Informática, administración electrónica |
Ayuntamiento de Colmenar Viejo | L28045INT | L01280455 | LPROGR931 | Intervención |
Ayuntamiento de Colmenar Viejo | L28045INT | L01280455 | LPROGR934 | Tesorería |
Las facturas, en general, y las facturas electrónicas, en particular, están reguladas por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. Este Reglamento establece las normas que deben cumplir obligatoriamente las facturas, tanto en papel como electrónicas.La ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público tiene como objetivo impulsar el uso de la factura electrónica, crear el registro contable de facturas, regular el procedimiento en las Administraciones Públicas y las actuaciones de seguimiento por los órganos competentes.Entre las ventajas de la factura electrónica caben destacar la de acortar los ciclos de tramitación, incluido el cobro; facilitar un acceso más rápido, ágil y fácil a las facturas almacenadas, mejorar el servicio al cliente; eliminar el consumo de papel y su transporte, con el consiguiente efecto positivo sobre el medio ambiente, y, lo más importante, contribuir a la modernización de la economía y al desarrollo de la Sociedad de la Información.Consultar resto de normativa legal y más información: