Oficina Virtual de Trámites

Ayuntamiento de Colmenar Viejo

Domiciliación bancaria (1 plazo)

Domiciliación bancaria (1 plazo)

INSTRUCCIONES DOMICILIACIÓN BANCARIA

1. DATOS DEL TITULAR DEL RECIBO Y REPRESENTACIÓN

Deben indicarse los datos del titular del recibo objeto de domiciliación.

Si se actúa mediante representante deberá adjuntar documento que la acredite la representación (por ejemplo, documento de otorgamiento de la representación y fotografía del DNI del autorizante, en su caso, o escritura notarial).

2. TIPO DE ORDEN

Puede ser alta o modificación de datos bancarios.

Las domiciliaciones se mantendrán por tiempo indefinido salvo anulación comunicada al Ayuntamiento por el interesado o falta reiterada de pago.

3. RECIBOS A DOMICILIAR

Puede domiciliar los recibos que desee sin que sea necesario tenerlos todos domiciliados. Indique los datos del objeto tributario del recibo que desea domiciliar como, por ejemplo, referencia catastral o dirección completa del inmueble, matrícula del vehículo, dirección de la autorización para el paso de vehículos, etc.

Si desea domiciliar varios recibos en diferentes cuentas bancarias, realice una solicitud de domiciliación por cada número de cuenta bancaria. Así, podrá indicar en cada solicitud los recibos que quiere domiciliar en cada cuenta.

INFORMACIÓN DE INTERÉS

     DISCONFORMIDAD CON EL CARGO. Si no está conforme con el pago del recibo, puede ordenar al banco su devolución. No obstante, la falta de pago en periodo voluntario determina su exigibilidad por el procedimiento de apremio con el devengo de los recargos e intereses correspondientes. Por ello es aconsejable contactar con la Oficina tributaria del Ayuntamiento de Colmenar Viejo para aclarar cuantas cuestiones puedan surgirle.

·         PLAZO PARA PRESENTAR LA SOLICITUD. Deberá entregarse la orden de domiciliación con una antelación mínima de dos meses a la fecha de inicio del periodo voluntario de cobro que corresponda. En caso contrario tendrán efectos desde el ejercicio siguiente.

·         TITULARIDAD DE LA CUENTA BANCARIA: El titular de la cuenta de pago podrá ser distinto del titular del recibo, siendo necesario en ese caso que se aporte la autorización firmada por el titular de la cuenta y fotografía del DNI del mismo, en su caso.

     INCUMPLIMIENTOS. El Ayuntamiento podrá anular dicha domiciliación en el caso de devoluciones por causas imputables al sujeto pasivo.