Certificado de buena ejecución de contratos
Certificado de buena ejecución de contratosHoja informativa del trámite en la sede electrónica
Apartado |
Contenido |
Quién lo puede solicitar |
Contratistas, empresarios y empresas, que hayan ejecutado o realizado contratos con el Ayuntamiento. * En caso de representación, deberá acreditar la misma de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. |
Cómo lo puede solicitar |
El trámite se puede instar de dos formas diferentes: 1. A través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Colmenar Viejo: https://carpeta.colmenarviejo.es/eAdmin/Sede.do 2. De forma presencial, en las Oficinas de Atención a la Ciudadanía del Ayuntamiento de Colmenar Viejo: https://colmenarviejo.com/ayuntamiento/ayuntamiento/217-administracion-municipal/cita-previa-para-servicios-y-tramites-municipales Importante: el canal electrónico es obligatorio para los sujetos recogidos en el artículo 14.2 de la LPAC. |
Cuándo lo puede solicitar |
En cualquier momento, los 365 días del año. |
Obligaciones económicas |
Junto con la solicitud se debe presentar el pago de la tasa correspondiente. |
Observaciones |
Se deberá especificar en la solicitud la siguiente información: - Datos identificativos del contrato sobre el que se solicita la expedición del certificado de buena ejecución (denominación, tipo de contrato, importe, plazos de ejecución, etc.). - Contratista. - En su caso, finalidad para la que se solicita el certificado. |
Información general |
Los certificados de buena ejecución sirven a las empresas contratistas para acreditar su solvencia técnica en licitaciones públicas. Estos, entre otra información, indicarán los trabajos, servicios o suministros realizados, importe del contrato, el destinatario, fechas, en su caso lugar de ejecución, etc. |
Documentos a aportar
Documentación básica |
Aportación en el trámite |
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Justificante pago tasa por emisión de certificados |
Obligatorio |