Licencia de obra sin proyecto
Licencia de obra sin proyectoHoja informativa del trámite en la sede electrónica
Apartado |
Contenido |
Silencio administrativo |
Transcurridos dos meses desde la solicitud sin notificación de la resolución, la licencia se considerará denegada u otorgada en los siguientes supuestos. De acuerdo con lo establecido en el artículo 11.4 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, y en los términos fijados por la Sentencia del Tribunal Constitucional 143/2017, de 14 de diciembre, la solicitud de licencia se considerará denegada por silencio cuando se refiera a:. a) Movimientos de tierras y explanaciones con ejecución de muros. b) Ubicación de instalaciones prefabricadas, ya sean provisionales o permanentes, en suelo no urbanizable. En todos los demás supuestos, transcurrido el plazo de dos meses sin notificación de la resolución, se considera que la licencia ha sido otorgada con carácter provisional, con los efectos dispuestos en el artículo 153.1 y 2 de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid. |
Quién lo puede solicitar |
Cualquier persona física, jurídica o su representante debidamente acreditado. *En caso de representación, deberá acreditar la misma de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. |
Cómo lo puede solicitar |
El trámite se puede instar de dos formas diferentes: 1. A través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Colmenar Viejo: https://carpeta.colmenarviejo.es/eAdmin/Sede.do 2. De forma presencial, en las Oficinas de Atención a la Ciudadanía del Ayuntamiento de Colmenar Viejo: https://colmenarviejo.com/ayuntamiento/ayuntamiento/217-administracion-municipal/cita-previa-para-servicios-y-tramites-municipales |
Cuándo lo puede solicitar |
En cualquier momento, los 365 días del año. |
Obligaciones económicas |
Pago de tasa y/o impuesto que proceda en los términos dispuestos en la Ordenanza municipal correspondiente.
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Plazo de resolución |
Las solicitudes de licencia urbanística municipal deben ser resueltas y notificadas a los interesados dentro del plazo máximo de dos meses. |
Observaciones |
El otorgamiento de la licencia urbanística irá precedido de los correspondientes informes técnico y jurídico, relativos a la conformidad de la solicitud con la legalidad urbanística, además de aquellos informes y autorizaciones que, de conformidad con otras normas aplicables, sean legalmente preceptivos. El Ayuntamiento solo podrá formular un único requerimiento de subsanación de deficiencias, y en su caso, mejora, que deberá notificarse al interesado dentro del mes siguiente a la presentación. |
Documentos a aportar
Documentación básica |
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Aportación en el trámite |
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Instancia, según modelo normalizado, debidamente cumplimentada y firmada. Consulte en la hoja informativa la restante documentación a aportar. |
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Obligatorio |
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Proyecto técnico (distinto al de edificación) visado por el colegio oficial competente, en los casos en que este visado sea preceptivo. Se presentará en soporte digital en formato “pdf” e incluirá plano de situación e implantación georreferenciado, así como planos de plantas, acotados y con superficies construidas. También incluirá un archivo para la comprobación automática del cálculo de superficies construidas y computables (polilíneas) y aportará las hojas de dirección facultativa correspondientes, en su caso visadas por los colegios oficiales competentes. |
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Obligatorio |
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Memoria justificativa del cumplimiento de los parámetros urbanísticos. A esta memoria se añadirá un cuadro comparativo de superficies, a efectos del cómputo de edificabilidad y ocupación con relación al planeamiento vigente.Memoria urbanística |
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Obligatorio |
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Certificado de viabilidad geométrica del proyecto |
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Obligatorio |
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Plano justificativo del cumplimiento de las condiciones de intervención de bomberos en la aproximación a los edificios |
Obligatorio |
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Estudio de gestión de residuos de construcción y demolición, conforme a lo establecido en la normativa de la Comunidad de Madrid sobre residuos de construcción y demolición y en la Ordenanza municipal de medio ambiente |
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Obligatorio |
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. Declaración expresa del técnico autor del proyecto sobre la conformidad del mismo con la ordenación urbanística aplicable y, según proceda, con los requisitos legales de seguridad, salubridad y protección del medio ambiente referidos a las condiciones constructivas del mismo, a las reservas de espacios y locales técnicos para ubicación de maquinarias e instalaciones y a las previsiones de las canalizaciones, espacios y/o huecos de obras necesarias para la buena ejecución de las instalaciones y ubicación de maquinaria que se precisen. |
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Obligatorio |
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Impreso de estadística de la edificación, debidamente cumplimentado |
Obligatorio |
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Proyecto o Estudio Básico de Seguridad y Salud, según proceda, visado por colegio oficial competente |
Obligatorio |
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Declaración de haberse colocado en el lugar en el que se pretendan llevar a cabo las obras un cartel anunciando la solicitud de licencia y las características de las obras para las que ésta se pretende |
Obligatorio |
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Acta de comprobación de tira de cuerdas para las construcciones reguladas por la Ordenanza de Casco Antiguo (AO-1) del Plan General de Ordenación Urbana de Colmenar Viejo. |
Obligatorio |
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Certificado de eficiencia energética |
Obligatorio |
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Justificante de pago de tasa y/o impuesto que proceda en los términos dispuestos en la Ordenanza municipal correspondiente |
Obligatorio |
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En el caso de edificios con locales y/o naves industriales que se construyan de forma genérica, sin uso o en bruto, para una posterior adecuación |
Aportación en el trámite |
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Documentación en la que se justifique el cumplimiento de las exigencias legales contempladas en el artículo 16.5 de la de Ordenanza de control preventivo y disciplina de las obras y otros usos urbanísticos del suelo en el municipio de Colmenar Viejo |
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Obligatorio |
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Plano en el que se describirá expresamente: a) locales que disponen de salidas de humo b) accesos que cumplen con la normativa de accesibilidad c) Altura libre de cada local d) Cualquier otra característica que pueda suponer limitaciones del edificio |
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Obligatorio |
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En caso de edificio sujetos, o que deban sujetarse a la Ley de Propiedad Horizontal |
Aportación en el trámite |
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Proyecto de Infraestructuras Comunes de Telecomunicaciones visado por colegio oficial competente |
Obligatorio |
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En caso de viviendas sujetas a algún régimen de protección pública |
Aportación en el trámite |
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Justificante de solicitud de calificación provisional de las mismas ante el organismo competente. |
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Obligatorio |
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En caso de obras de derribo estructural |
Aportación en el trámite |
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Proyecto técnico de obra de nueva planta que contenga al menos las características de un proyecto básico, debidamente visado, acompañado de hoja de dirección técnica. |
Obligatorio |
Documentos externos
Documentos externos |
Enlaces a los documentos |
Modelo de instancia |
En el siguiente enlace podrá descargar la solicitud |